
- También declaró inexiste la violencia política en ese municipio y en Chalcatongo de Hidalgo*
07 de noviembre. El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró improcedente la sustitución de candidaturas a concejales al ayuntamiento de Tacache de Mina, la cual fue solicitada por el partido Movimiento Ciudadano (MC).
En Sesión Pública virtual, el pleno confirmó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que declaró improcedente la sustitución de las candidaturas.
Argumentó que la renuncia de los candidatos no fue presentada dentro del tiempo establecido en el artículo 189 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca.
El Tribunal consideró que el IEEPCO actuó conforme a la ley y no vulneró los derechos políticos de los candidatados. En consecuencia, también declaró inexistente la violencia política en razón de género, supuestamente derivada de este acto.
El coordinador de ponencia, Cristian Santillán, dio lectura al proyecto de resolución.
“Acontece lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del estado de Oaxaca, el cual señala que podrá hacerse sustitución por causas de fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia; en este último caso no podrán sustituir cuando la renuncia se presente días anteriores a la elección”.
En la misma sesión, la autoridad jurisdiccional determinó inexistente la violencia política denunciada por Claudia Nicolás Cortés, aspirante a concejal del ayuntamiento de Chalcatongo de Hidalgo.
Consideró que no se confirmó la violencia atribuida al Consejo General del IEEPCO por la supuesta omisión para realizar la sustitución de candidatura en la planilla de concejales de Movimiento Ciudadano.
El TEEO estimó que no se acreditó que Movimiento Ciudadano haya solicitado la sustitución mencionada.
-Brenda Villarreal
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