
22 de septiembre. El pleno del Congreso local aprobó el dictamen de la comisión de Movilidad y Transportes relativo a una adición al segundo párrafo del artículo 54 de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Oaxaca para prohibir y sancionar a los motociclistas que trasladen a menores de 10 años de edad en esas unidades de motor.
La LXV legislatura local dio a conocer que las reformas a la Ley de Tránsito y Vialidad, así como a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, y a la Ley Estatal de Salud, tienen como objetivo generar acciones que permitan garantizar la seguridad en distintos rubros a favor de la sociedad oaxaqueña.
En el caso de las reformas planteadas por la comisión de Movilidad y Transporte, el Congreso local señaló que están enfocadas a impulsar acciones de prevención a favor de los menores de edad, y evitar que estos sufran daños en algún accidente cuando son transportados en motonetas o motocicletas.
La presidenta de la Mesa Directiva de la LXV legislatura, Miriam de los Ángeles Vázquez Ruiz, dio a conocer el resultado de la votación del pleno del Congreso local.
“Se declara aprobado en lo general y en lo particular, con 31 votos, el decreto mencionado. Habiéndose aprobado el decreto en referencia, remítase al Ejecutivo del estado para efectos del artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca”, enfatizó.
Es de referir que una vez que el decreto sea publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca entrará en vigor la prohibición y sanción a la que se harán acreedores los motociclistas que transporten en esas unidades de motor a menores de 10 años de edad en el territorio oaxaqueño. También se aplicarán sanciones a quienes trasladen un número de personas mayor a la que establece el fabricante de la unidad.
-Gerardo Cruz
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