Noticias

Congreso del Estado emitió un exhorto para que el IEEPCO reconozca triunfo de candidato no registrado en Teposcolula

abalberto reyes avila24 de junio.El pleno del Congreso del Estado emitió un exhorto al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para que ese órgano electoral reconozca el triunfo del candidato no registrado que obtuvo la mayoría de votos en el municipio de San Pedro y San Pablo Teposcolula.

En sesión extraordinaria, los integrantes de la LXIV Legislatura local aprobaron el punto de acuerdo propuesto por el diputado Horacio Sosa Villavicencio, de Morena, como asunto de urgente y obvia resolución.

En el mencionado punto de acuerdo se exhorta al IEEPCO para que reconozca como ganador de la elección municipal a Adalberto Reyes Ávila, quien obtuvo la mayoría de los votos emitidos por los ciudadanos de San Pedro y San Pablo Teposcolula, a pesar de no haberse registrado como candidato.

“La LXIV Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca exhorta al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca para que en el ámbito de sus competencias y facultades reconozca el triunfo obtenido por el ciudadano Adalberto Reyes Ávila, candidato no registrado por el municipio de San Pedro y San Pablo Teposcolula en el proceso estatalelectoral 2021”.

Como se informó en su oportunidad, Reyes Ávila buscó la candidatura por el partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), e incluso por otros institutos políticos, pero al no obtenerla realizó campaña en busca de la Presidencia Municipal, ostentándose como candidato no registrado.

En la jornada electoral del 6 de junio pasado, Reyes Ávila obtuvo 891 votos contra 483 de la candidata de Morena, Brígida Santiago Hernández, 453 del abanderado del PRI, Jacsiel Cruz Pérez y 274 del aspirante del PT, Gumaro Wilfrido Aquino Carrada.

El punto de acuerdo señala que se debe otorgar a Reyes Ávila la constancia de mayoría que lo acredite como ganador de la contienda por la Presidencia Municipal de San Pedro y San Pablo Teposcolula.

Sin embargo, con anterioridad el Consejo General del IEEPCO acordó que sean los tribunales electorales quienes resuelvan lo procedente, luego de que el Consejo Municipal Electoral no expidió la Constancia de Mayoría correspondiente. Por tal motivo el caso ya está fuera del ámbito del organismo electoral estatal.

Por otra parte, existe un criterio jurisprudencial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que establece que los votos emitidos a favor de candidatos no registrados carecerán de efectos jurídicos.

Francisco Círigo

Facebook: Sistema Radiofónico Informativo

Leave feedback about this

  • Rating