30 de noviembre. El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró que se ejerció violencia política por razón de género en contra de una regidora de San Pedro Coxcaltepec Cántaros, Nochixtlán.
La violencia fue atribuida a los regidores Rubén Hernández López y Sergio Coca Hernández, a quienes se les acreditaron diversos hechos que encuadran dentro de este tipo.
El TEEO señaló que determinó que sí hubo violencia de genero porque la regidora fue inhabilitada durante tres años sin ser informada adecuadamente sobre su situación, lo que afectó su capacidad para participar y ejercer debidamente sus derechos político electorales dentro de su comunidad.
Por otro lado, el TEEO declaró inexistente la violencia política en razón de género atribuida a los regidores Gustavo Martínez Ramírez López y Eleazar García Jiménez, al no acreditarse un impacto discriminatorio ni desproporcionado en contra de la denunciante por su condición de mujer.
La magistrada presidenta Elizabeth Bautista Velasco, dio a conocer lo siguiente.
“En el procedimiento especial sancionador identificado con la clave PES 13 2024 se resuelve: Primero. Se declara existente la violencia política en razón de género denunciada, atribuida a los denunciantes Rubén Hernández López y Sergio Coca Hernández, en términos de lo razonado en la presente sentencia. Segundo. Se declara inexistente la violencia política en razón de género denunciada, atribuida a los denunciados Gustavo Martínez Ramírez López y Eleazar García Jiménez, en términos de lo razonado en la presente sentencia”.
Cabe mencionar que la regidora señaló que fue discriminada e insultada por el hecho de ser mujer, por no haber cedido a actos de corrupción y mal manejo de los recursos públicos del municipio.
Agregó que fue amenazada de muerte y que se pretendió destituirla, por lo que acudió al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca para defender sus derechos.
-Denise Luengas