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Confirma Sala Xalapa del TEPJF validez de elección de Huajolotitlán y revoca constancia de asignación al PT

08 de octubre. El pleno de la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad de votos la validez de la elección de Santiago Huajolotitlán en la que obtuvo el triunfo la planilla del partido Fuerza por México, encabezada por el presidente municipal José Guadalupe Barbosa Barragán.

En la misma sesión, determinó revocar la constancia de asignación a la actual regidora Sarahú Peñaloza López, excandidata del Partido del Trabajo (PT).

En el expediente JDCI/712/2024, que estuvo a cargo de la ponencia del magistrado en funciones José Antonio Troncoso Ávila, el secretario José Antonio Morales Mendieta señaló que Peñaloza López interpuso un recurso para pedir la anulación de la elección del 02 de junio por la quema de la paquetería electoral.

“En el proyecto se propone calificar de infundados los argumentos de la actora pues fue correcto que ante la situación extraordinaria causada por la quema de 10 paquetes electorales que serían objeto de recuento se integrará el cómputo municipal a partir de las copias al carbón de algunas actas de escrutinio y cómputo que aportaron los partidos políticos, así como las actas destinadas al Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), además porque el tribunal local en su sentencia justificó las razones por las que las imprecisiones advertidas en las actas de escrutinio y cómputo no eran determinantes para anular la votación recibida, por esta y otras razones que se exponen en el proyecto se propone confirmar la sentencia impugnada”, explicó.

En tanto, en el proyecto de sentencia relativo al Juicio de Revisión Constitucional Electoral 259/2024 promovido por el partido Fuerza por México Oaxaca, se resolvió lo siguiente:

 “La ponencia propone calificar de fundado el planteamiento relacionado con la omisión del tribunal local de pronunciarse de manera integral sobre el incumplimiento de los requisitos de elegibilidad y sobre la obligación de Sarahú Peñaloza López de separarse de la militancia del Partido Nueva Alianza por la que fue electa y ejerció el cargo de regidora para el periodo 2021-2024, cuando para el presente proceso contendió y logro ser asignada por el principio de representación proporcionar, ahora por el Partido del Trabajo. Ante tal omisión, la ponencia propone la sentencia impugnada para el efecto de que el tribunal local emita una nueva resolución en los términos precisados en el proyecto”, mencionó.

Al dar lectura a las sentencias, la magistrada presidenta de la Sala Xalapa del TEPJF, Eva Barrientos, señaló que estas deben ser acatadas por las instancias electorales competentes para los efectos legales que correspondan.

-Gerardo Cruz

X:  @gerardo_sri

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